Conforme a la Ley Federal del Trabajo, el patrón debe dar al trabajador de confianza un aviso escrito especificando la fecha y causa de la rescisión de la relación de trabajo y, si no lo hace, ese solo hecho bastará para considerar injustificado el despido. Lo anterior lo ha determinado ya el Poder Judicial de la Federación mediante jurisprudencia.
La Ley Federal del Trabajo dispone que el trabajador de confianza puede ejercer dentro de su demanda laboral, las acciones previstas en el artículo 48 de dicho ordenamiento, que prevé las relativas a la reinstalación o indemnización a su favor cuando considere haber sido objeto de un despido injustificado.
Esta es la última parte de este artículo referente a los trabajadores de confianza. La primera parte la puedes encontrar 
La mayoría de los negocios, para funcionar, requieren de empleados al servicio del patrón. Ahora, conforme a la Ley Federal del Trabajo, existen dos tipos de trabajadores, los de planta y los de confianza.